| CONVENIO COLECTIVO DEL CAMPO Y MODALIDAD DE CONTRATO
Si está interesado en contratar a un trabajador/a en el régimen agrícola o ser contratado por este régimen consulte el convenio colectivo del campo y las modalidades de contrato.
Convenio Colectivo del Campo de Canarias 2008.
Tipos de contratos . La modalidad más usada es el contrato de duración determinada: Obra y servicio determinado.
REGÍMEN AGRARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Las ventajas de cotizar a la Seguridad Social son que tendrá derecho a las siguientes prestaciones:
. Asistencia sanitaria
. Incapacidad temporal
. Incapacidad permanente
. Riesgo durante el embarazo
. Riesgo durante la lactancia natural
. Maternidad
. Paternidad
. Jubilación
. Muerte y superviviencia (viudedad y orfandad)
Tendrá derecho a baja en caso de enfermedad (incapacidad temporal) o maternidad y a cobrar una pensión en caso de invalidez (incapacidad permanente), y a una pensión de jubilación siempre que tengas como mínimo 15 años cotizados (2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anterior al de la edad de jubilación). En caso de fallecimiento, su cónyuge o su pareja podrá tener derecho a la pensión de viudedad.
RÉGIMEN AGRÍCOLA
Desde el 1 de enero de 2008, los/as trabajadores/as por cuenta propia agrarios (incluidos cónyuges y parientes), están incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, si cumplen los requisitos establecidos.
Consultar base de cotizaciones
A esto habría que sumarle, si el trabajador/a decide acogerse a la cobertura de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el porcentaje por accidente de trabajo (A.T.) y enfermedad profesional (E.P.), depende del epígrafe en el que se encuadre el/la trabajador/a autónomo/a (y que no elegirá el trabajador/a, sino que dependerá de su actividad).
Tarifa de cotización por accidente de trabajo y enfermedad profesional
En el caso de que no opte por la cobertura de accidente de trabajo (A.T.) y enfermedad profesional, deberá efectuar una cotización adicional de 0,1.
Si el trabajador/a optase por una base de cotización superior a la mínima señalada, sobre la cuantía que exceda de esta última se aplicará el tipo de cotización vigente en cada momento en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para las contingencias de cobertura obligatoria (26,50%).
Formularios de la Seguridad Social:
TA.0521-7 - Solicitud Trabajadores por cuenta propia Agrarios
Alta de trabajadores/as:
Si no tiene Número de afiliación a la Seguridad Social deberá solicitarlo Solicitud de afiliación
CÓNYUGES Y DESCENDIENTES MENORES DE 40 AÑOS
En el supuesto de personas incorporadas a la actividad agraria a partir del 1 de enero de 2008 que tengan cuarenta o menos años de edad y sean cónyuges o descendientes del titular de la explotación agraria y que esté dado de alta en el citado régimen se aplicará una reducción del 30 por 100 sobre el porcentaje del 18,75 de la base de mínima de cotización durante los primeros 5 años de alta.
TA.0521-7 - Solicitud Trabajadores por cuenta propia Agrarios (para el trabajador, cónyuge y descendiente)
Más información en la Tesorería de la Seguridad Social en Santa Cruz de La Palma (Edif. Casa del Mar junto la Administración de Hacienda frente al Club Naútico) Tfno: 922418088/922414081/922411154
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