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[BOLSA DE EMPLEO DE HOGAR ]

NORMATIVA QUE REGULA LA RELACIÓN LABORAL DEL SERVICIO DEL HOGAR Y MODALIDAD DE CONTRATO

La relación laboral de los/as empleados/as del hogar está regulada por el RD. 1424/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar .

Según establece el RD. 1424/1985, no es obligatorio que el contrato sea por escrito, le adjuntamos un modelo de contrato por si lo quieres realizar por escrito.

RÉGIMEN DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADO/A DEL HOGAR

Las ventajas de cotizar a la Seguridad Social son que tendrá derecho a las siguientes prestaciones:

.  Asistencia sanitaria

.  Incapacidad temporal

.  Incapacidad permanente

.  Riesgo durante el embarazo

.  Riesgo durante la lactancia natural

.  Maternidad

.  Paternidad

.  Jubilación

.  Muerte y superviviencia (viudedad y orfandad)

Tendrá derecho a baja en caso de enfermedad (incapacidad temporal) o maternidad y a cobrar una pensión en caso de invalidez (incapacidad permanente), y a una pensión de jubilación siempre que tenga como mínimo 15 años cotizados (2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anterior al de la edad de jubilación). En caso de fallecimiento, su cónyuge o su pareja podrá tener derecho a la pensión de viudedad .

Régimen de Empleado/a de la Seguridad Social

 Las personas que trabajan como empleado/a del hogar pueden acogerse al Régimen Especial de la Seguridad Social de Empleado/a del Hogar, si trabajan fijo en un mismo domicilio por un periodo igual o superior a 80 horas, el empleador/a (cabeza de familia) deberá abonar a la Seguridad Social la parte correspondiente al 18,30% de la base de cotización y el/la trabajador/a abonará el resto (3,7%). Si trabaja de manera parcial o discontinua, o en diferentes domicilios, durante un mínimo de 72 horas al mes, deberá abonar directamente a la Seguridad Social el 22% de la base de cotización. Más información.

Ver bases de cotización

Formularios de la Seguridad Social:

Si no tiene Número de afiliación a la Seguridad Social deberá solicitarlo Solicitud de afiliación.

Formulario de Alta en la Seguridad Social como Trabajador Fijo

Formulario de Alta en la Seguridad Social como Trabajadora Discontinua (trabajo parcial o en varios domicilios)

Más información en la Tesorería de la Seguridad Social en Santa Cruz de La Palma (Edif. Casa del Mar junto la Administración de Hacienda frente al Club Naútico) Tfno: 922418088/922414081/922411154

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